¿Cómo dar de alta la luz y el gas en una vivienda?
Cuando realizamos un cambio de domicilio, es realmente fundamental poder contar desde el primer momento con los suministros básicos activos, estos suministros son muy importantes, puesto que sin ellos, no podremos contar ni con la luz, ni el gas, ni el agua.
Pese a que los suministros básicos engloban estos tres elementos, en esta entrada, desde Selectra, nos vamos a centrar en los trámites necesarios a la hora de tener que dar de alta el servicio de luz y el servicio de gas, pues son los dos que más complejidad presentan para su alta.
Procedimiento para dar de alta la luz en un inmueble
Para poder dar de alta el servicio de luz, debemos agrupar la siguiente documentación para presentar:
- Documentación de la persona que comenzará a figurar como titular del servicio de luz, además de sus datos de contacto.
- La ubicación y dirección del punto de suministro en el que se quiere hacer el alta de luz.
- El número de cuenta bancaria en el que se cargarán los costes de las facturas relativas al servicio.
- La potencia que se pretende contratar, teniendo en cuenta las limitaciones de la instalación, que vienen especificadas en el boletín eléctrico de la misma.
- El número único que hace referencia al punto de suministro, conocido como código CUPS.
Una vez recogidos todos estos datos, será el momento en que se debe analizar las oportunidades existentes en el mercado, ofrecidas por las distintas comercializadoras de energía y seleccionar la que se considere como la mejor tarifa de luz para la instalación, teniendo en cuenta las demandas energéticas presentadas.
Una vez se ha elegido la compañía, se debe contactar con ella, existiendo distintas vías para ello, por ejemplo, para dar de alta la luz con Iberdrola, podremos establecer la comunicación mediante sus teléfonos habilitados, a través de internet, mediante un sencillo correo electrónico o acudiendo presencialmente a alguna de sus oficinas físicas.
Una vez se ha contactado con la compañía y acordado las condiciones, se firmará el contrato de suministro, el cual deberá verificar la empresa distribuidora de la energía eléctrica, una vez verificado, se procederá a realizar el alta en un plazo de entre cinco y siete días hábiles.
Esta alta conlleva una serie de gastos asociados, los cuales se repercutirán en la primera factura eléctrica, desglosándose de la siguiente manera:
- Costes de extensión; Implican 17,37 € x kW de potencia contratada más IVA.
- Costes de acceso; Implican 19,70 € x kW de potencia contratada más IVA.
- Costes de enganche; Suponen un coste de 9,04 €.
Todos estos derechos deben ser sumados para conocer cuanto cuesta dar de alta la luz en su totalidad.

Procedimiento para dar de alta el gas natural
Para el proceso de dar de alta el servicio de gas natural, en primer lugar, debemos corroborar que la red de distribución general, tiene acceso hasta el punto de suministro.
En caso afirmativo se deben reunir los siguientes documentos:
● Documentación de la persona que comenzará a figurar como titular del servicio de gas, además de sus datos de contacto.
● La ubicación y dirección del punto de suministro en el que se quiere hacer el alta de gas.
● El número de cuenta bancaria en el que se cargarán los costes de las facturas relativas al servicio de gas.
● El número único que hace referencia al punto de suministro, conocido como código CUPS.
En estos casos, al igual que para el servicio de luz, se debe buscar la mejor opción para contratar teniendo en cuenta las demandas energéticas presentes en la vivienda, buscando siempre la compañía de gas más barata en lo que se refiere a las necesidades de consumo.
Una vez se fijan las condiciones contractuales con la empresa, será la distribuidora de gas la que nos asigne la tarifa de acceso al servicio, en función del consumo anual, dando lugar a tres opciones posibles:
● Tarifa RL.1 Establecida para unos consumos anuales inferiores a los 5000 kWh.
● Tarifa RL.2 Establecida para consumos que se encuentren entre los 5000 y los 15000 kWh anuales.
● Tarifa RL.3 Establecida para consumos que se encuentren entre los 15000 y los 50000 kWh anuales.
Como norma general, para viviendas que solo utilicen gas natural para el servicio de agua caliente, se utilizará la tarifa RL.1, sin embargo, si se incluyen más funciones como la calefacción o la cocina de gas, se aplicará la tarifa RL.2.
El plazo que tarda en hacerse efectivo el alta también oscilará entre los cinco y los siete días hábiles desde su aprobación, efectuándose el pago del coste del alta en la primera factura.
El precio del alta de gas, variará en función de la comunidad autónoma donde se encuentre el inmueble, variando los precios desde los 72 euros hasta los 235 euros.
